En un reclamo contra una obra social, la Justicia de La Pampa consideró que el riesgo a la vida no es requisito indispensable para el otorgamiento de la medida cautelar.
En un reclamo contra una obra social, la Justicia de La Pampa consideró que el riesgo a la vida no es requisito indispensable para el otorgamiento de la medida cautelar.