Como es sabido, en el marco de la pandemia COVID-19, se han conocido resoluciones que ordenaron notificar por medios alternativos, tales como la carta documento, el correo electrónico, el whatsapp y las redes sociales.
Así se han planteado nuevos interrogantes relacionados con la validez y la eficacia de estas notificaciones y también otros referidos a aspectos prácticos, por ejemplo, cómo contabilizar los plazos y desde cuándo se inician los mismos.
Recientemente, la Cámara Civil y Comercial d...
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